Ante todo, debe quedar claro que la reclamación de la indemnización por los efectos del cártel es de gran complejidad legal y logística, como lo hemos podido comprobar en reclamaciones similares que en su día hemos llevado a cabo de forma muy exitosa, gracias al cuerpo de abogados especialistas en este tipo de reclamaciones con que contamos así como de las entidades que llevaron a cabo el peritaje.
Ejemplos de ello han sido la reclamación colectiva contra el cártel de fabricantes de camiones, en la que más de 15.000 afectados se unieron a la Plataforma de Afectados por el cártel de camiones que promovimos en su día, o más recientemente, la reclamación colectiva contra el cártel de petroleras, a la que se adhirieron más de 3.000
autónomos y empresas.
En este caso, para llevar a cabo la reclamación, hemos promovido la Plataforma de Afectados por el Cártel de Furgonetas y Coches, a la que se puede incorporar cualquier persona, sea particular o autónomo, o bien empresas que hayan adquirido algún coche, furgoneta o derivado de turismo de cualesquiera de las marcas participantes en el cártel.
Asimismo, como en anteriores reclamaciones, contamos con la colaboración y asistencia de una entidad especializada en reclamaciones colectivas en materia de derecho de la competencia.
Asimismo, como en anteriores reclamaciones, para facilitar la presentación de la reclamación al mayor número de personas y empresas, la incorporación a la Plataforma de Afectados es totalmente gratuita, así como todo el procedimiento posterior tanto de peritaje como de reclamación judicial en todas las instancias, y sin que además los reclamantes asuman ningún coste, ni siquiera un eventual pago de una condena en costas en el improbable supuesto de que ésta ocurriera.
Ello es gracias a que toda la estructura de reclamación pericial y judicial es soportada por un Fondo Internacional de Litigación de reconocida solvencia, que anticipa absolutamente todos los gastos y que, a cambio, sólo en el caso de que la reclamación fuera exitosa, detraería de la indemnización obtenida por los reclamantes, un porcentaje del 25%, correspondiendo el 75% restante a la persona o empresa reclamante